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Guía y herramienta · STPS

Agente capacitador externo STPS: qué es, requisitos y registro

Un agente capacitador externo es la persona o empresa registrada ante la STPS que capacita a trabajadores de otras empresas. Contesta tres preguntas y descubre si tu curso necesita uno, o si un instructor de tu equipo basta.

¿Necesito un agente capacitador externo?

0 de 3 respuestas

1. ¿Quién va a impartir el curso?
2. ¿El curso es de una NOM que exige capacitación especializada o práctica? (montacargas NOM-006-STPS-2023, trabajos en altura NOM-009, espacios confinados, etc.)
3. ¿Necesitas que la constancia DC-3 lleve el número de registro STPS del agente capacitador?

Responde las tres preguntas y te decimos qué te conviene, con las razones.

Orientación general basada en la LFT y las NOM; no sustituye asesoría legal. Tus respuestas no se guardan.

¿Qué es un agente capacitador externo?

La Ley Federal del Trabajo obliga a los patrones a capacitar a sus trabajadores y deja que esa capacitación la imparta personal propio, instructores contratados, instituciones u organismos especializados. Cuando el curso lo da alguien de fuera (un instructor independiente, un despacho, una escuela o una plataforma), ese proveedor es un agente capacitador externo y debe estar registrado ante la Secretaría del Trabajo y Previsión Social (STPS).

El registro sirve para tres cosas muy concretas:

  • Que la STPS sepa quién capacita, con qué instructores y qué cursos ofrece.
  • Que la constancia DC-3 de cada trabajador lleve el nombre y el número de registro del agente.
  • Que el patrón pueda verificar que contrató a alguien registrado si hay una inspección.

Ojo con la confusión frecuente: “capacitador externo STPS” no significa que la STPS certifique la calidad de cada curso. El registro identifica al agente; la calidad y la pertinencia del curso siguen siendo responsabilidad de quien lo imparte y de quien lo contrata.

Agente capacitador interno vs externo: diferencias

No todos los cursos necesitan a un externo. Esta comparación te ayuda a decidir quién debe impartir cada tema de tu plan de capacitación DC-2:

AspectoInstructor internoAgente capacitador externo
Quién esUn trabajador o directivo de tu empresaUna persona física o empresa ajena a la tuya
Registro ante la STPSNo se registra como agente externoDebe tener registro como agente capacitador externo
Qué va en la DC-3El nombre del instructor internoEl nombre del agente y su número de registro
CostoTiempo de tu personalHonorarios del capacitador (cotiza con varios)
Cuándo convieneTemas que tu equipo domina: inducción, procesos, NOM-035 básicaCursos prácticos o técnicos: montacargas, alturas, espacios confinados
Riesgo típicoQue no haya evidencia de competencia del instructorContratar a alguien sin registro vigente

¿Cuándo necesitas un agente capacitador externo registrado?

Usa la herramienta de arriba para tu caso concreto. Como regla general, necesitas un agente registrado cuando:

  • El curso lo imparte una persona, empresa o plataforma ajena a la tuya y lo vas a acreditar con DC-3.
  • Un cliente, un contrato o tu propia política exige que la DC-3 lleve número de registro de agente.
  • Nadie en tu equipo tiene la competencia para un curso práctico de una NOM (montacargas NOM-006-STPS-2023, trabajos en altura NOM-009, espacios confinados y similares). Revisa en el texto vigente de cada norma qué pide del instructor.
  • Vas a reportar el curso en las listas DC-4 y quieres que la información del agente esté completa.

No lo necesitas para cursos que tu personal domina, como la inducción, los procesos internos o la sensibilización en riesgos psicosociales. Si no sabes qué capacitación te aplica, empieza por el diagnóstico por giro. Y si tu empresa es una actividad vulnerable, el curso PLD anual es otro caso típico donde conviene un proveedor especializado.

Requisitos para registrarte como agente capacitador externo

Puedes registrarte como persona física (instructor independiente) o como persona moral (empresa o despacho). Los documentos típicos son los de abajo; marca los que ya tienes. La lista exacta la define la STPS y puede cambiar, así que verifícala en la página oficial antes de empezar.

¿Cómo te vas a registrar?
Llevas 0 de 80%

Lista orientativa. La lista exacta de documentos la define la STPS y puede cambiar: verifícala en la página oficial. Tus marcas no se guardan.

DocumentoPersona físicaPersona moral
Formato DC-5SíSí
Identificación oficialDe la personaDel representante legal
CURPSíNo aplica
RFC y constancia de situación fiscalSíSí
Acta constitutiva y poder del representanteNo aplicaSí
Evidencia de competencia de instructoresSíDe cada instructor
Lista de cursos con su objetivoSíSí

Formato DC-5: la solicitud de registro de agentes capacitadores externos

El formato DC-5 es la “Solicitud de registro de agentes capacitadores externos”. Es parte de la misma familia de formatos que usas como patrón: DC-1 (comisión mixta), DC-2 (plan y programas), DC-3 (constancia) y DC-4 (lista de constancias). En el DC-5 capturas, en términos generales:

  • Tipo de agente (persona física o moral) y datos de identificación y contacto.
  • Datos fiscales: RFC y domicilio.
  • Los instructores que van a impartir y la evidencia de su competencia.
  • Los cursos que ofreces: nombre, objetivo, duración y área temática.

Captura los cursos con nombres claros y objetivos concretos: son los que después aparecerán en las DC-3 de tus clientes. Puedes ver cómo encajan los formatos DC en la sección de formatos DC-1 a DC-5.

Cómo registrarse como agente capacitador externo ante la STPS, paso a paso

El trámite es en línea. Estos son los pasos generales; los nombres de las pantallas pueden cambiar, así que sigue siempre las instrucciones de la página oficial de agentes capacitadores externos.

  1. Reúne tus documentos. Prepara identificación, RFC y constancia de situación fiscal, CURP o acta constitutiva y poder, las evidencias de competencia de tus instructores y la lista de cursos con su objetivo. Verifica la lista exacta en la página oficial de la STPS.
  2. Entra al sistema de la STPS. Desde la página oficial de agentes capacitadores externos en gob.mx/stps, crea tu cuenta o inicia sesión en el sistema de capacitación de la STPS.
  3. Llena el formato DC-5. Captura la solicitud de registro de agentes capacitadores externos (DC-5) con tus datos, los de tus instructores y los cursos que ofreces.
  4. Adjunta los documentos y envía. Sube los archivos que pide el sistema, revisa que todo coincida con tus documentos y envía la solicitud. Guarda el acuse.
  5. Recibe tu número de registro. Si la solicitud procede, la STPS te asigna un número de registro como agente capacitador externo. Úsalo en cada DC-3 que emitas y mantén tus datos actualizados.

Hazlo tú mismo

El registro lo tramitas tú en el sistema de la STPS. Desconfía de quien te ofrezca “vender” un número de registro o garantizarlo: un registro que no está a tu nombre no te sirve y te expone ante tus clientes.

¿Cuánto cuesta y cuánto tarda el registro de agente capacitador?

Hasta donde muestra la información pública del trámite, el registro como agente capacitador externo no suele cobrar derechos de gobierno. Aun así, verifica en la página oficial si hay costo antes de iniciar, porque las reglas pueden cambiar.

Sobre el tiempo de respuesta, no vamos a inventar una cifra: depende de la STPS y de que tu solicitud esté completa. Verifica el plazo vigente en la página del trámite. Lo que sí puedes estimar es tu propio trabajo previo:

  • Reunir y escanear documentos fiscales y de identidad.
  • Armar la evidencia de competencia de cada instructor.
  • Redactar los programas de tus cursos con objetivo, temario y duración.
  • Si eres persona moral, confirmar que el poder del representante esté vigente.

Obligaciones del agente capacitador una vez registrado

Tener el número es el inicio. Para conservarlo y que tus constancias aguanten una revisión:

  • Mantén tus datos actualizados. Si cambias de domicilio, de representante, de instructores o de cursos, repórtalo a la STPS por el medio que indique el sistema.
  • Emite la DC-3 con tu número de registro. Escribe tu nombre o razón social exactamente como aparece en el registro. Puedes llenarlas con el generador DC-3 gratis.
  • Imparte solo lo que registraste. Si vas a ofrecer un curso nuevo, agrégalo a tu registro antes de impartirlo.
  • Guarda evidencia de cada curso. Programa, listas de asistencia, evaluaciones, fotos o registros de la plataforma y copia de las DC-3 emitidas.
  • Entrega la información al patrón a tiempo para que pueda integrar sus listas DC-4.

Cómo verificar el registro de un agente capacitador externo

Antes de contratar a un capacitador externo, toma cinco minutos para revisar:

  1. Pide el número de registro y el acuse o constancia de registro que le emitió la STPS.
  2. Búscalo en la consulta oficial. En gob.mx/stps busca la consulta de agentes capacitadores y escribe el número o el nombre.
  3. Compara el nombre. El nombre o la razón social del registro debe coincidir con el contrato, la factura y la DC-3.
  4. Revisa el curso. Confirma que el tema que vas a contratar esté entre los cursos que el agente tiene registrados.
  5. Guarda la evidencia de tu verificación (captura de pantalla con fecha) en el expediente de capacitación.

Señales de alerta al contratar un capacitador externo

  • No te da su número de registro o te dice que “está en trámite” desde hace mucho.
  • El nombre de la DC-3 no coincide con quien te factura.
  • Promete DC-3 sin evaluación ni lista de asistencia.
  • Ofrece cursos prácticos de una NOM sin equipo ni práctica real.

Cómo elegir un agente capacitador externo para tu empresa

El registro es el filtro mínimo, no el único. Entre dos capacitadores registrados, compara lo que de verdad cambia el resultado del curso y la calidad de tu expediente:

Qué compararQué preguntarPor qué importa
Programa del curso¿Me compartes el temario, el objetivo y la duración?Es lo que va en tu plan DC-2 y en cada DC-3
Instructor¿Quién lo imparte y qué experiencia tiene en el tema?El registro identifica al agente; la competencia la da la persona
Práctica¿Cuánto del curso es práctica con equipo real?Clave en montacargas, alturas o espacios confinados
Evaluación¿Cómo se evalúa y qué pasa si alguien no aprueba?La DC-3 acredita habilidades, no solo asistencia
Entregables¿Qué me entregas al terminar y en cuánto tiempo?Necesitas la evidencia para tus listas DC-4

Qué debe entregarte un agente capacitador al terminar el curso

Pide por escrito, desde la cotización, qué evidencia recibirás. Un buen capacitador externo te entrega, como mínimo, lo siguiente:

  • Una DC-3 por trabajador aprobado, con su nombre o razón social y su número de registro STPS.
  • La lista de asistencia firmada, con fechas y horario.
  • Las evaluaciones o el registro de resultados de cada participante.
  • El programa del curso tal como se impartió: objetivo, temario y duración.
  • Evidencia de la práctica en cursos operativos (fotos, bitácoras o registros de la plataforma).

Con eso completas tu expediente: el plan en el formato DC-2, las constancias DC-3 y la lista DC-4 para la STPS. Si el capacitador no te entrega la DC-3 llena, puedes generarla tú con los datos que te dé, siempre que el curso sí haya ocurrido y el agente esté registrado.

DIRECTORIO DE AGENTES CAPACITADORES

Estamos armando el directorio de agentes capacitadores

Queremos que las empresas encuentren capacitadores registrados por estado y tema. Todavía no publicamos listados: primero verificamos el registro STPS de cada despacho.

  • Solo publicaremos agentes con registro STPS verificado.
  • No publicamos tus datos de contacto sin tu autorización.
  • Te avisamos por correo cuando tu ficha esté lista para revisión.

Registra tu despacho

Lo verificamos antes de publicar.

Usamos tus datos solo para el directorio y para verificar tu registro. Consulta el aviso de privacidad.

PREGUNTAS FRECUENTES

Preguntas frecuentes

¿Qué es un agente capacitador externo de la STPS?

Es una persona física o una empresa, ajena a la empresa que recibe el curso, que imparte capacitación a trabajadores y está registrada ante la Secretaría del Trabajo y Previsión Social. Su número de registro aparece en las constancias DC-3 de los cursos que imparte, lo que permite a la autoridad y al patrón identificar quién dio la capacitación y verificar que estaba registrado.

¿Cómo registrarse como agente capacitador externo?

Entra a la página oficial de agentes capacitadores externos en gob.mx/stps, crea tu cuenta o inicia sesión en el sistema de capacitación de la STPS, llena el formato DC-5 con tus datos, tus instructores y tus cursos, adjunta los documentos que pide el sistema y envía la solicitud. Si procede, recibes tu número de registro. Verifica los requisitos vigentes en la página oficial.

¿Qué es el formato DC-5?

El DC-5 es la “Solicitud de registro de agentes capacitadores externos” de la STPS. Ahí capturas quién eres (persona física o moral), tus datos fiscales y de contacto, los instructores que van a impartir y la lista de cursos que ofreces con su objetivo. Se usa tanto para el registro inicial como para actualizar datos; revisa en la página oficial cómo se presenta hoy.

¿Cuánto cuesta el registro de agente capacitador ante la STPS?

Según la información pública del trámite, el registro no suele cobrar derechos de gobierno, pero eso puede cambiar, así que verifica en la página oficial si hay costo antes de iniciar. Ten cuidado con intermediarios que cobran por “tramitar” el registro: el trámite lo haces tú en el sistema de la STPS. Tus costos reales están en preparar documentos y programas de curso.

¿Cuánto tarda en salir el registro de agente capacitador?

El tiempo de respuesta lo define la STPS y varía según la carga de trabajo y si tu solicitud llega completa. No te damos un plazo porque no queremos inventarlo: verifica el plazo vigente en la página oficial del trámite. Lo que sí está en tus manos es enviar todo completo y legible, con los nombres escritos igual que en tus documentos, para evitar que te pidan correcciones.

¿Cómo sé si un capacitador está registrado ante la STPS?

Pídele su número de registro y el acuse o constancia de registro que le emitió la STPS. Luego búscalo en la consulta de agentes capacitadores que publica la STPS en gob.mx/stps y confirma que el nombre o la razón social coincidan exactamente con los del contrato, la factura y la DC-3 que te va a entregar. Si algo no coincide, pregunta antes de pagar.

¿Puedo capacitar a mis trabajadores sin un agente externo?

Sí. La Ley Federal del Trabajo permite que la capacitación la imparta personal de tu propia empresa. En ese caso el instructor interno no se registra como agente externo y en la DC-3 anotas su nombre. Lo que no puedes saltarte es la evidencia: plan DC-2, lista de asistencia, evaluación y una DC-3 firmada por persona y curso.

¿Un instructor independiente necesita registrarse como agente capacitador?

Si va a dar cursos a trabajadores de empresas que los acreditan con DC-3, sí conviene que se registre: muchas empresas solo contratan capacitadores con número de registro porque lo necesitan en la constancia. Si solo da cursos abiertos al público o de desarrollo personal, sin DC-3, el registro no es indispensable y puede entregar una constancia de curso propia.