¿Qué es la NOM-030-STPS-2009 y sigue vigente?
La NOM-030-STPS-2009, Servicios preventivos de seguridad y salud en el trabajo-Funciones y actividades, es la norma de la Secretaría del Trabajo y Previsión Social (STPS) que organiza la prevención en cada centro de trabajo. Su objetivo es fijar las funciones y actividades que deben realizar los servicios preventivos para evitar accidentes y enfermedades de trabajo. Se publicó en el Diario Oficial de la Federación el 22 de diciembre de 2009, entró en vigor 90 días después, el 22 de marzo de 2010, y sustituyó a la NOM-030-STPS-2006, que se llamaba «Organización y funciones».
Sigue vigente. En febrero de 2025 la STPS concluyó la tercera revisión sistemática de la NOM 030 y notificó a la Secretaría de Economía la confirmación de su vigencia en los términos actuales. El Programa Nacional de Infraestructura de la Calidad 2026 lista las normas de la STPS que se modificarán este año y la NOM-030 no está entre ellas. Si ves una «NOM-030-STPS-2026», es un error.
En pocas palabras, la norma te pide cinco cosas, y el resto de esta guía las explica una por una:
- Un responsable de seguridad y salud en el trabajo (capítulo 5).
- Un diagnóstico de las condiciones de seguridad y salud del centro (capítulo 6).
- Un programa de seguridad y salud o una relación de acciones preventivas y correctivas (capítulo 7).
- Seguimiento con reportes y comunicación a la comisión y a los trabajadores (4.5, 4.6 y 5.7).
- Capacitación de quien presta los servicios y conservación de la evidencia por dos años (4.7 y 4.8).
El fundamento legal está en el Reglamento Federal de Seguridad y Salud en el Trabajo: su artículo 7 pide contar con el diagnóstico (fracción I) e integrar el programa (fracción II), y su artículo 48 enumera lo que el patrón debe hacer para prestar los servicios preventivos. La Ley Federal del Trabajo, en el artículo 132, fracción XVII, obliga a cumplir las normas oficiales mexicanas de seguridad y salud.
¿A quién aplica la NOM 030 STPS? Menos de 100 o 100 trabajadores o más
El numeral 2 es claro: la norma aplica en todos los centros de trabajo del país. La STPS la incluye entre las siete normas que todo centro debe cumplir, junto con la NOM-001, la NOM-002, la NOM-019, la NOM-025, la NOM-026 y la NOM-035. Lo que cambia con el tamaño es cuánto pide. El corte está en 100 trabajadores por centro de trabajo: con 99 aplica el régimen simplificado; con 100, el completo. La herramienta de arriba hace la cuenta por ti.
| Obligación | Menos de 100 trabajadores | 100 trabajadores o más |
|---|---|---|
| Responsable | El patrón puede asumir las funciones (4.1.1), o designar interno, externo o mixto | Responsable interno, externo o mixto designado por escrito (4.1) |
| Diagnóstico | Integral; como mínimo los requisitos normativos aplicables (6.2) | Integral o por área, con los cuatro apartados del 6.1 |
| Plan de acción | Relación de acciones preventivas y correctivas (4.4.1 y 7.2) | Programa de seguridad y salud en el trabajo (4.4 y 7.1) |
| Responsable por acción | No obligatorio (7.2 remite solo a los incisos a a d) | Obligatorio (7.1 e) |
| Actualización | Al menos una vez al año | Al menos una vez al año |
| Seguimiento, comunicación, capacitación y archivo | Igual que con 100 o más | 4.5, 4.6, 4.7, 4.8 y 5.7 |
Un centro de trabajo es cualquier lugar donde se producen, venden, transportan o almacenan bienes, se prestan servicios o laboran personas con relación de trabajo (3.3). Si tu empresa tiene una planta con 250 personas y dos sucursales con 40, la planta va por el régimen completo y cada sucursal por el simplificado.
Responsable de seguridad y salud en el trabajo: quién puede serlo y qué hace
La norma define al responsable como el patrón o la persona designada por él para prestar los servicios preventivos (3.11). Esos servicios pueden ser internos, externos o mixtos y los presta «personal capacitado» (3.15). No hay cédula profesional, certificación ni registro obligatorio ante la STPS. Estas son las cuatro opciones y la evidencia que revisa un inspector según el procedimiento de evaluación del numeral 9.2:
| Opción | Quién | Cuándo se puede | Evidencia |
|---|---|---|---|
| El propio patrón (4.1.1) | El dueño o la persona moral a través de su representante | Solo centros con menos de 100 trabajadores | Ninguna escrita: el inspector lo constata en entrevista |
| Interno (4.1 y 3.15) | Alguien de tu plantilla: jefe de mantenimiento, de recursos humanos, de seguridad | Cualquier tamaño | Nombramiento que diga que tendrá acceso, información y medios (4.2) |
| Externo (4.1 y 3.15) | Consultor o despacho independiente al centro de trabajo | Cualquier tamaño | Contrato de servicios con esos mismos elementos |
| Mixto (3.15) | Personal interno apoyado por externos (por ejemplo, para mediciones) | Cualquier tamaño | Nombramiento del interno y contrato del externo |
El patrón debe darle al responsable acceso a todas las áreas, la información de seguridad de procesos, puestos y actividades, y los medios para establecer las medidas (4.2). Si el responsable no es el patrón, el documento de designación debe decir expresamente que se le dan esos tres elementos. Las funciones del responsable están en el capítulo 5:
- Elaborar el diagnóstico (5.1) y el programa o la relación, priorizando por riesgo (5.2).
- Establecer mecanismos de respuesta inmediata ante un riesgo grave e inminente (5.3).
- Incorporar la promoción de la salud, la prevención de adicciones y la atención de emergencias que dicten las autoridades (5.4 y 5.5).
- Establecer procedimientos, instructivos, guías o registros (5.6).
- Dar seguimiento, reportar por escrito al patrón al menos una vez al año y registrar los resultados (5.7 y 5.8).
- Verificar que el plan funciona y ajustar el diagnóstico y el programa si no (5.9).
Si el responsable es personal de tu empresa, debes capacitarlo en estas funciones (4.7). Puedes documentar ese curso con una constancia de habilidades del generador DC-3 e incluirlo en tu plan anual con el formato DC-2.
Diagnóstico de seguridad y salud en el trabajo: qué debe contener
El diagnóstico es la identificación de las condiciones peligrosas o inseguras, de los agentes que pueden alterar el ambiente laboral, de los peligros alrededor del centro y de los requisitos normativos que te aplican (3.4). Puede ser integral, para todo el centro, o por área de trabajo (4.3). El numeral 6.1 fija su contenido mínimo:
| Inciso | Qué identifica | Ejemplos | Con menos de 100 |
|---|---|---|---|
| 6.1 a) | Condiciones físicas peligrosas o inseguras en instalaciones, procesos, maquinaria, equipo, herramientas, transporte, materiales y energía | Guarda retirada en una sierra, piso resbaloso, tablero eléctrico sin tapa, montacargas sin alarma | Recomendado |
| 6.1 b) | Agentes físicos, químicos y biológicos y las fuentes que los generan | Ruido de una prensa, vapores de solventes, polvo de harina, iluminación deficiente | Recomendado |
| 6.1 c) | Peligros circundantes al centro, cuando sea posible | Gasolinera o planta química vecina, zona de inundación, avenida de tráfico pesado | Recomendado |
| 6.1 d) | Requerimientos normativos de seguridad y salud aplicables | Qué NOM te aplican (incendios, iluminación, señalización, EPP) y si las cumples | Obligatorio (6.2) |
Ojo con el tramo pequeño: el numeral 6.2 dice que, con menos de 100 trabajadores, el diagnóstico «podrá ser integral y contener al menos» el inciso d). Algunas guías afirman que esos centros deben cubrir también condiciones inseguras y agentes; la norma no lo exige, aunque nosotros lo recomendamos porque sin ellos es difícil saber qué acciones poner en la relación.
Dos precisiones del Reglamento amplían el diagnóstico. Su definición (art. 3, fr. IX) incluye los factores de riesgo ergonómico o psicosocial, y sus artículos 7, fracción I, y 48 dicen que los estudios y análisis de riesgos que piden las normas forman parte del diagnóstico. Por eso el formato que descargas en la herramienta trae renglones para esos factores. Para hacerlo en la práctica:
- Reúne documentos: planos, lista de máquinas, hojas de seguridad de sustancias, registros de accidentes y estudios previos.
- Recorre cada área observando procesos, iluminación, ruido, temperaturas, sustancias, cargas y posturas.
- Identifica a los trabajadores expuestos y el equipo de protección que usan.
- Mide con instrumentos solo cuando lo que observaste lo amerite o una norma lo pida.
- Cruza lo encontrado con las normas que te aplican y anota qué cumples y qué falta.
La norma también acepta como evidencia de los numerales 4.3 y 6.1 el reporte de resultados del módulo electrónico de evaluación del cumplimiento de la STPS (9.2). Si no sabes qué normas y cursos te aplican por giro, empieza con el diagnóstico de obligaciones de paso.mx.
Programa de seguridad y salud en el trabajo NOM 030: contenido mínimo
El programa es el documento con el conjunto de acciones preventivas y correctivas para evitar riesgos que puedan afectar la vida, la salud o la integridad de los trabajadores o dañar las instalaciones (3.10). Se elabora con base en el diagnóstico, se prioriza según el riesgo (5.2) y se actualiza al menos una vez al año (4.4). El numeral 7.1 pide como mínimo:
| Inciso | Contenido | Ejemplo de renglón |
|---|---|---|
| 7.1 a) | La acción preventiva o correctiva por cada aspecto identificado | Instalar guarda fija en la sierra cinta del área de corte |
| 7.1 b) | Promoción de la salud y prevención integral de las adicciones que recomienden o dicten las autoridades | Campaña de detección de hipertensión y plática de prevención de adicciones |
| 7.1 c) | Atención de emergencias y contingencias sanitarias que recomienden o dicten las autoridades | Simulacro de evacuación y protocolo ante una contingencia sanitaria |
| 7.1 d) | Fechas de inicio y de término programadas | Del 1 de febrero al 31 de marzo de 2027 |
| 7.1 e) | Responsable de ejecutar cada acción y la atención de emergencias | Jefe de mantenimiento |
Las acciones preventivas y correctivas pueden ser estudios, programas, procedimientos, medidas de seguridad, control de agentes, seguimiento a la salud, equipo de protección personal, capacitación, autorizaciones o registros administrativos (3.1). El formato de programa de la herramienta trae las columnas del 7.1, tres bloques para los incisos a), b) y c) y una tabla de seguimiento.
Relación de acciones preventivas y correctivas: la opción para menos de 100 trabajadores
Los centros con menos de 100 trabajadores no hacen un programa sino una relación de acciones preventivas y correctivas «de acuerdo con las actividades que desarrollen» (4.4.1). También se actualiza al menos cada año y se basa en el diagnóstico. La diferencia práctica con el programa es una sola columna:
| Elemento | Programa (7.1) | Relación de acciones (7.2) |
|---|---|---|
| Acción por aspecto identificado | Sí | Sí |
| Promoción de la salud y adicciones | Sí | Sí |
| Emergencias y contingencias sanitarias | Sí | Sí |
| Fechas de inicio y término | Sí | Sí |
| Responsable de cada acción | Sí | No obligatorio |
Aunque no sea obligatorio, anota quién se encarga de cada acción: en un negocio pequeño suele ser el propio dueño, pero dejarlo escrito evita que las tareas se queden sin dueño. Nuestro formato de relación incluye esa columna marcada como recomendada.
Seguimiento, reporte anual y comunicación a los trabajadores
Tener los documentos no basta. La norma pide que el plan se mueva y que la gente lo conozca:
- Reportes de seguimiento de los avances del programa o la relación (4.6), con los resultados registrados (5.8).
- Reporte escrito al patrón, al menos una vez al año, con los resultados del seguimiento (5.7).
- Ajustes al diagnóstico y al plan si las acciones no cumplen su objetivo (5.9).
- Comunicación del diagnóstico y del contenido del plan a la comisión de seguridad e higiene y a los trabajadores (4.5). Valen folletos, videos o carteles; si la autoridad lo comprueba por entrevista, el 90 % de las personas entrevistadas debe conocerlos.
- Archivo de toda la documentación al menos dos años, impresa o en medios electrónicos (4.8 y 9.4).
Programa las revisiones de avance y la actualización anual en tu calendario de obligaciones 2027.
Cómo se conecta la NOM-030 con la NOM-019, la NOM-035 y la Ley Silla
El diagnóstico de la NOM-030 es la base sobre la que se apoyan otras obligaciones:
| Norma o disposición | Qué conecta con la NOM-030 |
|---|---|
| NOM-019-STPS-2011 | El patrón debe darle a la comisión de seguridad e higiene el diagnóstico de la NOM-030, y la comisión puede usarlo para sus recorridos. La NOM-030 pide comunicárselo (4.5). |
| NOM-035-STPS-2018 | El Reglamento incluye los factores de riesgo psicosocial en la definición del diagnóstico; los resultados de la identificación de la NOM-035 se integran como parte de él. |
| Disposiciones de la Ley Silla | La Quinta, apartado A, pide un análisis con el diagrama de la Figura 1 que «debe incluirse» en el diagnóstico y programa, o en la relación de acciones, según la NOM-030. |
| Otras NOM de seguridad | Sus estudios y análisis de riesgos forman parte del diagnóstico (RFSST, arts. 7 fr. I y 48). |
Revisa las guías de la NOM-019 y la comisión de seguridad e higiene, de la NOM-035 y el riesgo psicosocial y de la Ley Silla para completar cada pieza. Las Disposiciones de la Ley Silla se publicaron en el DOF el 17 de julio de 2025.
Ejemplos: qué le toca a tres empresas
Ejemplo 1: una cafetería con 35 trabajadores
- 35 es menos de 100: régimen simplificado. La dueña puede asumir las funciones de responsable sin nombramiento (4.1.1).
- Diagnóstico integral con al menos el inciso d). Marca las 7 normas generales y, como los baristas trabajan de pie, el análisis de la Ley Silla: 7 + 1 = 8 renglones obligatorios en su lista.
- Relación de acciones: si el diagnóstico encontró 6 pendientes, más 1 acción de promoción de la salud y 1 de emergencias, son 6 + 1 + 1 = 8 acciones, cada una con fechas de inicio y término.
- Si en una inspección no exhibe el diagnóstico, el artículo 115 del Reglamento prevé de 50 × $117.31 = $5,865.50 a 100 × $117.31 = $11,731.00.
Ejemplo 2: una planta que pasa de 99 a 100 trabajadores
- Con 99, la planta usa relación de acciones y el dueño podía ser el responsable.
- Al contratar a la persona número 100 cambia el régimen: debe designar por escrito a un responsable interno, externo o mixto (4.1).
- El diagnóstico pasa de 1 apartado obligatorio (6.1 d) a 4 (6.1 a, b, c y d).
- La relación se convierte en programa: de 4 incisos obligatorios (7.1 a a d) a 5, con un responsable por acción (7.1 e).
- Lo práctico es actualizar el diagnóstico y el programa en cuanto se cruza el umbral, sin esperar la revisión anual.
Ejemplo 3: una empresa de 400 trabajadores con tres centros de trabajo
- Planta con 250, almacén con 90 y oficina con 60: 250 + 90 + 60 = 400.
- Cada centro se evalúa por separado: la planta tiene programa; el almacén y la oficina, relación de acciones.
- Son 3 diagnósticos, uno por centro, y 3 planes. Un mismo responsable externo puede atender los tres.
- Si la planta no exhibe su programa, la multa del artículo 115 va de $5,865.50 a $11,731.00; si no acredita que corrigió en el plazo fijado, se duplica (art. 126 del Reglamento): hasta 2 × $11,731.00 = $23,462.00.
Inspección NOM-030 y multas por no cumplir
La STPS vigila la norma (capítulo 10) y la revisa con documentos, registros o entrevistas (9.2). No es un tema menor: en el informe de revisión de 2025 la STPS reporta 11,846 incumplimientos de la NOM-030 en sus inspecciones, la tercera norma con más, solo detrás de la NOM-002 (incendios) y la NOM-001 (edificios e instalaciones).
Las multas salen de la Ley Federal del Trabajo y del Reglamento. El Reglamento las expresa en salarios mínimos, pero desde el decreto de desindexación de 2016 se entienden en UMA. Con la UMA 2026 de $117.31 diarios:
| Fundamento | Conducta | UMA | Pesos con la UMA 2026 |
|---|---|---|---|
| LFT art. 994, fr. V | No observar las normas de seguridad e higiene | 250 a 5,000 | $29,327.50 a $586,550.00 |
| RFSST art. 115, frs. I y II | No acreditar ni exhibir el diagnóstico de seguridad y salud o el programa de seguridad y salud (arts. 7 frs. I y II y 48 frs. I y II) | 50 a 100 | $5,865.50 a $11,731.00 |
| RFSST art. 116, fr. II | No acreditar la prestación de los servicios preventivos: designar responsable, incorporar acciones al programa, darle seguimiento y comunicarlo (art. 48 frs. III a VI) | 50 a 500 | $5,865.50 a $58,655.00 |
| RFSST art. 117, fr. III | No acreditar la capacitación del personal que forma parte de los servicios preventivos (art. 48 fr. VII) | 250 a 5,000 | $29,327.50 a $586,550.00 |
| RFSST art. 118, fr. II | No acreditar los registros del seguimiento a los avances del programa (art. 48 fr. VIII) | 50 a 2,000 | $5,865.50 a $234,620.00 |
Para fijar el monto se toman en cuenta la intención, la gravedad, los daños, la capacidad económica y la reincidencia (art. 992 de la ley y art. 125 del Reglamento). La norma ofrece dos atajos: se considera que cumple el centro que permanece en el Programa de Autogestión en Seguridad y Salud en el Trabajo (PASST) con un reconocimiento de Empresa Segura, o que tiene acreditado su sistema de administración de seguridad en el trabajo (9.5 y 9.6). También puedes contratar, si quieres, una unidad de verificación acreditada; su dictamen vale dos años (8.5).
Cómo cumplir la NOM-030 paso a paso
Este es el orden que recomendamos para dejarla en regla desde cero:
- Cuenta a tus trabajadores por centro de trabajo. El corte de 100 trabajadores se aplica a cada planta, tienda u oficina por separado. Con menos de 100 usas el régimen simplificado (4.1.1, 4.4.1, 6.2 y 7.2); con 100 o más, el completo.
- Define al responsable de seguridad y salud en el trabajo. Con menos de 100 trabajadores puedes asumir tú las funciones (4.1.1). Si no, designa por escrito a un responsable interno, externo o mixto y dale acceso a las áreas, información y medios (4.1 y 4.2).
- Elabora el diagnóstico de seguridad y salud en el trabajo. Integral o por área, con condiciones peligrosas, agentes y sus fuentes, peligros circundantes y requisitos normativos (6.1). Con menos de 100 trabajadores, como mínimo los requisitos normativos (6.2).
- Convierte el diagnóstico en un programa o en una relación de acciones. Una acción por hallazgo, priorizada por riesgo, con promoción de la salud, prevención de adicciones, atención de emergencias y fechas; el programa lleva además un responsable por acción (7.1 y 7.2).
- Prepara la respuesta a riesgos graves e inminentes. Fija quién detiene la actividad y cómo se actúa cuando se detecta un riesgo grave e inminente, con los procedimientos e instructivos necesarios (5.3 y 5.6).
- Comunica el diagnóstico y el plan. A la comisión de seguridad e higiene y a los trabajadores, con pláticas, carteles o folletos (4.5). En una entrevista de inspección, el 90 % del personal entrevistado debe conocerlos.
- Da seguimiento, reporta y capacita. Registra los avances (4.6 y 5.8), entrega al patrón un reporte escrito al menos una vez al año (5.7) y capacita al personal que presta los servicios preventivos (4.7).
- Actualiza cada año y conserva la evidencia. Actualiza el programa o la relación al menos una vez al año (4.4 y 4.4.1) y conserva toda la documentación al menos dos años para exhibirla cuando la autoridad la pida (4.8 y 4.9).
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Errores comunes y mitos sobre la NOM-030
Revisamos las páginas que hoy aparecen al buscar «nom 030» y estos son los errores que más se repiten:
| Error | Lo correcto |
|---|---|
| «Con menos de 100 trabajadores no aplica la NOM-030» | Aplica a todos los centros de trabajo (numeral 2). Con menos de 100 cambian el formato y el responsable, no la obligación. |
| Contar a toda la empresa para el corte de 100 | La norma habla de «centros de trabajo que cuenten con menos de cien trabajadores»: se cuenta por planta, tienda u oficina. |
| «Con menos de 100, el diagnóstico debe tener condiciones inseguras, agentes y peligros del entorno» | El numeral 6.2 exige como mínimo el inciso d), los requisitos normativos. Los otros tres son recomendables, no obligatorios en ese tramo. |
| Hacer el diagnóstico una sola vez y olvidarse | El programa o la relación se actualiza al menos cada año (4.4 y 4.4.1) y el diagnóstico se ajusta cuando el seguimiento lo pide (5.9). |
| Exigir una certificación o un registro del responsable | La norma pide personal capacitado y capacitación del personal interno (3.15 y 4.7). No existe registro del responsable ante la STPS. |
| Confundir el responsable de la NOM-030 con la comisión de seguridad e higiene | Son figuras distintas: el responsable presta los servicios preventivos; la comisión de la NOM-019 es mixta y hace recorridos. Al responsable le toca comunicarle el diagnóstico (4.5). |
| Citar la NOM-030-STPS-2006 u «Organización y funciones» | La vigente es la NOM-030-STPS-2009, «Funciones y actividades». La de 2006 quedó sin efectos el 22 de marzo de 2010. |
| Calcular las multas con salarios mínimos o con la UMA de 2019 | Desde 2016 se usa la UMA; con la de 2026 ($117.31) el rango de la ley va de $29,327.50 a $586,550.00. |
NOM-030 en PDF y fuentes oficiales
Revisamos estas fuentes el 27 de octubre de 2026. Si alguna cambia, prevalece lo que publique la autoridad:
- NOM-030-STPS-2009 en el Diario Oficial de la Federación, 22 de diciembre de 2009 (texto oficial con sus guías de referencia)
- NOM-030-STPS-2009 en PDF (Secretaría de Economía)
- Ficha de la NOM-030-STPS-2009 en el catálogo de normas
- Revisión sistemática de la NOM-030-STPS-2009, STPS, febrero de 2025 (PDF)
- Programa Nacional de Infraestructura de la Calidad 2026
- Reglamento Federal de Seguridad y Salud en el Trabajo, DOF 13/11/2014, arts. 3, 7, 48 y 115 a 126 (PDF)
- Ley Federal del Trabajo, arts. 132, 992 y 994 (Cámara de Diputados)
- Disposiciones de la STPS sobre la Ley Silla, DOF 17/07/2025
- Decreto de desindexación del salario mínimo, DOF 27/01/2016
- Unidad de Medida y Actualización, INEGI
paso.mx no está afiliado a la STPS ni verifica el cumplimiento de la NOM-030. Esta guía y los formatos son información general y no sustituyen la asesoría de un especialista en seguridad y salud en el trabajo.